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El sistema penal juvenil en el Perú
Por Nadia Karina Núñez Masías
Chiclayo, 30 de junio de 2021
El 7 de marzo del 2017, fue publicado en el diario oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1348, Código de Responsabilidad Penal del Adolescente (en adelante CRPA). Su vigencia estuvo supeditada a la publicación de su reglamento, para lo cual se implementó una comisión multisectorial encargada de verificar las condiciones y demás reglas para el correcto funcionamiento de este nuevo sistema procesal, es así que, el 24 de marzo de 2018, mediante Decreto Supremo N° 004-2018-MINJUS, se publica el esperado reglamento, a partir del cual se inicia un nuevo modelo procesal penal para los adolescentes. Su entrada en vigencia es progresiva en todo el Perú y se iniciarán con planes pilotos, solo en algunas provincias del país; sin embargo, este nuevo modelo procesal trae muchas modificaciones al que en la actualidad se viene aplicando, y sobre todo la implementación de un mecanismo alternativo al inicio del proceso judicial y la suspensión del mismo, a través de la llamada REMISIÓN FISCAL, donde la figura familiar juega un papel trascendental en el análisis de la situación real del adolescente y en la valoración del compromiso asumido por los padres, en esa tarea tan importante de formadores y transmisores de los principales valores que llevarán al cambio de conductas de sus hijos y por ende a separarlos del sistema judicial tradicional, para brindarles una nueva oportunidad en este mecanismo restaurador y donde se juega un trinomio especial: el adolescente con el soporte familiar adecuado, la víctima y la sociedad.
Para evitar que un adolescente ingrese al sistema penal juvenil, es necesario realizar un sinnúmero de acciones, donde el adolescente sea el eje, el protagonista de acciones positivas y, con ello, el cambio de conducta, alejándolo del riesgo infractor; la remisión fiscal, es una alternativa una vez que se haya producido el quiebre de las normas sociales; pero permite una solución alejada del sistema de justicia ordinario. El Ministerio Público, también propone salidas alternativas y, en aplicación de la política institucional de prevención del delito, ha propuesto implementar el Programa de Prevención Estratégica del Delito –en adelante PPED– con la finalidad de enfrentar el fenómeno criminal de toda índole, no solo desde el ámbito de la persecución penal, sino, fundamentalmente, desde la identificación de los factores o causas que originan su comisión. Nuestra labor, se centra en la formación de los padres, en la lucha porque asuman sus obligaciones y el control de sus hijos, es allí donde tenemos que aplicar la mayor parte de estrategias conciliadoras, de conocimientos psicológicos y, sobre todo, del valor de la familia como don natural de Dios. Esta labor, es parte, también, de la obligación estatal al ratificar la Convención por los Derechos del Niño, que nos obliga a aplicar –en todo momento- el Principio de Interés Superior del Niño, lo cual lo entendemos como un conjunto de acciones y procesos tendientes a garantizar un desarrollo integral y una vida digna, así como las condiciones materiales y afectivas que les permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible (Cillero 1994)[1]. Por ello, queda un reto de todos los operadores de justicia y la sociedad en general, para lograr el cambio de oportunidades de los adolescentes y buscar la salida alternativa (al ingreso del sistema de justicia penal juvenil) que garantice su formación integral.
[1] Miguel Cillero, plantea que la noción de interés superior es una garantía que "los niños tienen derecho a que antes de tomar una medida respecto de ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos y no las que los conculquen". Así este autor considera que esta noción supera dos posiciones extremas: el autoritarismo o abuso del poder que ocurre cuando se toman decisiones referidas a los niños y niñas, por un lado, y el paternalismo de las autoridades por otro. Cillero, Miguel (1994), “Evolución histórica de la Consideración Jurídica de la Infancia y Adolescencia en Chile”, en Infancia en Riesgo Social y Políticas Sociales en Chile, Instituto Interamericano del Niño, Montevideo, 1994, págs. 75- 138.
Nadia Karina Núñez Masías
Fiscal provincial. Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lesiones y Agresiones Contra la Mujer y el Grupo Familiar y Fiscal.
Coordinadora de los Programas de Prevención Estratégica del Delito del Distrito Fiscal de Lambayeque.
Fiscal provincial. Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lesiones y Agresiones Contra la Mujer y el Grupo Familiar y Fiscal.
Coordinadora de los Programas de Prevención Estratégica del Delito del Distrito Fiscal de Lambayeque.
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